La Paz, 31 de marzo de 2014 (SIN).- El Servicio de Impuestos
Nacionales (SIN) recuerda que, en aplicación de la normativa vigente emitida
por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), todas las
personas naturales o jurídicas registradas en el Régimen General que gestionen
créditos ante las entidades financieras deben presentar como requisito los
Estados Financieros en los cuales se
consigna la información financiera.
Para este efecto, las entidades financieras, a través de la
Oficina Virtual del SIN, opción Consultas Públicas, podrán confirmar los datos
presentados por el sujeto a crédito, a través de la certificación electrónica
del formulario 605 version 4.
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